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Convenio ADAPI-RIA
Les informamos que hemos realizado un acuerdo con RIA, empresa que analiza sin costos la situación fiscal de las personas en los últimos cuatro años , determinando y gestionando el recupero de IRPF o IASS abonado en exceso ya sea porque no se aplicaron los beneficios fiscales o por lograr un mejor posicionamiento frente al impuesto.
NOVEDADES
PROPIETARIOS
Es posible recuperar el IRPF abonado en la venta de sus viviendas.
También es posible descontar en su liquidación de IRPF como empleado o como independiente las cuotas de los préstamos hipotecarios de su vivienda.
ARRENDATARIOS
Es posible descontar en su liquidación de IRPF como dependiente o independiente los alquileres abonados por su vivienda.
Si es jubilado o pensionista, también lo puede hacer de su liquidación de IASS
Asamblea General Extraordinaria miércoles 4 de octubre de 2017
ASOCIACIÓN DE ADMINISTRADORES DE PROPIEDADES INMUEBLES
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
Se convoca a los asociados a la Asamblea General Extraordinaria que se efectuará el miércoles 4 de octubre de 2017 en la sede social de Avda. Daniel Fernández Crespo 1919, a las 18:30 horas en primera convocatoria y a las 19:00 en segunda convocatoria, a fin de tratar el siguiente Orden del Día:
1-Confirmación o rectificación de nuevo presidente en aplicación del artículo 16 del estatuto
2-Designación de dos Asambleístas para firmar el Acta
Comisión Directiva
Elecciones 19 de setiembre
ELECCIONES 2017
En cumplimiento con las disposiciones estatutarias de nuestra asociación, comunicamos que se ha fijado el día 19 de setiembre de 2017 para proceder a la elección de nuevas autoridades. El lugar de votación será en nuestra sede en la calle Daniel Fernández Crespo 1919, entre las 18:00 y 20:00 horas.
El plazo para registrar la listas de Comisión Directiva y Fiscal vence el 11 de setiembre a la hora dieciocho.
Asamblea General 22 de agosto
ASOCIACIÓN DE ADMINISTRADORES DE PROPIEDADES INMUEBLES. ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Se convoca a los asociados a la Asamblea General Ordinaria que se efectuará el Martes 22 de agosto de 2017 en la sede social de Avda. Daniel Fernández Crespo 1919, a las 18:00 horas en primera convocatoria y a las 18:30 en segunda convocatoria, a fin de tratar el siguiente Orden del Día: 1 Lectura y aprobación del acta anterior 2 Consideración de la Memoria y Balance cerrado al 30/06/17 3 Designación de la Comisión Electoral 4 Fijación de la fecha de elecciones 5 Base Cerrada 6 Designación de dos Asambleístas para firmar el Acta.
COMISIÓN DIRECTIVA. |
4 DE JULIO DÍA DEL ADMINISTRADOR DE PROPIEDADES INMUEBLES-43 AÑOS
El 4 de julio se celebra el Día del Administrador de Propiedades, festejo que se realiza desde el año 1974 cuando se aprobaron los estatutos de ADAPI.
La actividad del ADMINISTRADOR DE PROPIEDADES INMUEBLES abarca varias tareas: administración, intermediación, compraventa, tasación. Destacando como la más importante hacer cumplir las leyes que regulan la materia arrendamientos, protegiendo al propietario e inquilino, colaborando con el Estado que nos designa agentes de retención en la recaudación de impuestos como el IRPF, así como sujetos de control en la lucha contra el lavado de activos. El ADMINISTRADOR cumple en la materia de arrendamientos la función de regulación, sostén y mejor intérprete de la realidad habitacional. Profesionalización, exigencia de matriculación, titulación y avales son los pilares básicos en la figura del Administrador.
ADAPI contribuye para elaborar propuestas que facilitan la gestión y dignifican la profesión del administrador. Colabora y realiza numerosas gestiones ante los organismos públicos para la redacción de leyes que regulen el sector inmobiliario. Desde su nacimiento con la aprobación de la Ley de Alquileres. En tiempos más próximos participando en los Planes Quinquenales de Vivienda, viendo sus frutos cuando se recoge nuestra idea y se redacta la Ley de Vivienda de Interés Social. También luchando para que se extienda la prórroga por 20 años más de plazo de vigencia de la garantía del Estado al régimen de libre contratación, la cual se concretó a través de una ley de presupuesto, entendiendo es la mejor solución para respetar la libre autonomía de la voluntad de las partes. Recientemente logrando la inclusión de la figura del Administrador de Propiedades Inmuebles, en la Ley de Inclusión Financiera. Figura regulada desde el Decreto Ley 14.219 en su artículo 60.
Nuestra asociación seguirá trabajando en la realización de nuevas propuestas, para el mejor desarrollo de toda la sociedad.
Enviamos un saludo afectuoso a todos nuestros socios y colegas; los fundadores así como los nuevos que se van sumando año a año a nuestra asociación.
COMISIÓN DIRECTIVA
Prórroga artículos 35,36,40 y 41 ley 19.210
Decreto 145/017 ver
Convenio Altos del Arapey
Informamos que ADAPI firmó un convenio con ALTOS DEL ARAPEY CLUB DE GOLF & HOTEL TERMAL, SALTO.
El mismo otorga a nuestras inmobiliarias asociadas y sus funcionarios: un descuento especial del 10% sobre la mejor tarifa disponible para el período solicitado.
Se debe realizar la reserva en forma directa con el Hotel, por e mail o teléfono.
En caso de utilizar la promoción comunicarse con secretaría para solicitar nota que compruebe la afiliación a la asociación.
Ley de Inclusión: pago honorarios y remuneraciones
A partir del 1º de mayo de 2017
-Deberán ser abonados todos los honorarios profesionales sin importar el monto exclusivamente por los medios previstos por el artículo 12 de la ley 19.210 y el decreto 263/2015
Quedando prohibido el pago de los mismos en efectivo.
-El pago de remuneraciones, pasividades, beneficios sociales y otras prestaciones debe realizarse a través de medios electrónicos, mediante acreditación en cuenta en instituciones de intermediación financiera o en instrumento de dinero electrónico.
Se prorrogó por decreto los plazos para los trabajadores de servicio doméstico, y para los trabajadores de pequeñas localidades y áreas rurales de 2000 habitantes hasta el 31 de diciembre.
Leyes 19.475 y 19.478
Prórroga artículos 35,36,40 y 41 ley 19.210
Prórroga hasta el 1 de julio de 2017 la entrada en vigencia de lo previsto en el inciso primero del artículo 35 y los artículos 36,40 y 41 ley 19.210